¿Qué cambió en el SAT en 2026?

Panorama fiscal · Actualizado al 2 de septiembre de 2026

¿Qué cambió en el SAT en 2026?

Respuesta corta: 2026 cambió en seis frentes. El más fuerte es facturación: por primera vez la ley define qué es una factura falsa y el SAT tiene un procedimiento exprés de 24 días hábiles para quitarte el sello. Además hay más causas para perder el sello digital, el SAT publicó los once criterios con los que decide a quién revisar, la jornada laboral empieza a bajar a 40 horas, cambió la ley aduanera, y deber al SAT cuesta 40% más. RESICO no cambió en la Ley del ISR; lo que se endureció está en el Código Fiscal.

1. ¿Qué cambió en facturación?

Desde el 1 de enero de 2026, el artículo 29-A del Código Fiscal tiene una fracción nueva, la IX: los comprobantes deben amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales, y los que no lo cumplan se consideran falsos. Antes eso lo decidían los jueces; ahora está escrito en la ley.

Tres consecuencias prácticas: no basta con que la factura esté bien hecha, tiene que ser de algo que de verdad pasó; a ti te toca probarlo, con papeles; y el SAT puede tirar una factura por falsa en una revisión normal, sin abrir un caso aparte. También cambió el plazo para cancelar facturas: ahora es hasta el mes en que presentas la declaración anual.

Y hay un procedimiento nuevo de 24 días hábiles en el que te quitan el sello el día que llega la visita y tienes cinco días para probar. Lo explicamos completo en ¿Qué es el procedimiento exprés de 24 días?

Reforma al CFF publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025, en vigor desde el 1 de enero de 2026. Artículos sujetos a verificación contra el texto publicado.

2. ¿Por qué me pueden quitar el sello digital?

Hay más razones para una restricción temporal (artículo 17-H Bis): créditos firmes sin pagar cuando lo facturado el año anterior es más de cuatro veces la deuda; errores en datos obligatorios del CFDI; ser receptor de facturas de un emisor publicado y no corregir en 30 días; y, para RESICO, omitir tres o más pagos mensuales en un año, seguidos o salteados.

Y hay una causa nueva de cancelación definitiva (artículo 17-H, fracción XIII): emitir facturas, no poder probar que las operaciones fueron reales, y que el SAT resuelva en tu contra. Ahí ya no hay aclaración.

Sin sello no se factura. Un negocio sano, sin sello, se queda sin flujo en dos semanas.

3. ¿Con qué criterios decide el SAT a quién revisar?

Los publicó en el Plan Maestro 2026, el 26 de enero. Son once: operaciones con factureras o nomineras; pérdidas fiscales recurrentes; gastos inventados o mal aplicados; ingresos no declarados; abuso de beneficios fiscales; que no cuadre lo importado con lo vendido; importar por debajo del precio de mercado; no enterar lo retenido a los empleados; operaciones vía paraísos fiscales; devoluciones improcedentes; y pagar menos impuesto que los demás negocios de tu giro.

Ojo con lo que circula: son once, no doce. Y salió el 26 de enero, no el 6. El «06» es el número del comunicado, no la fecha.

Fuente: Plan Maestro SAT 2026 y comunicado de prensa 06/2026.

4. ¿Qué cambió para RESICO?

En la Ley del ISR, nada: tasas y topes siguen igual. A favor: las personas físicas ya no presentan declaración anual por lo que ganan en el régimen (los pagos mensuales son definitivos), no envían contabilidad electrónica ni DIOT, y el buzón tributario con e.firma se les exige hasta enero de 2027.

Lo que se endureció está en el Código Fiscal: tres pagos mensuales omitidos en un año te restringen el sello, y la multa por facturas mal hechas ahora también alcanza a personas físicas del régimen. Como ya no hay anual, se cayó una forma de salir del régimen; pero dejar de pagar meses sigue viva, y ahora además te deja sin facturar.

Tenemos tres páginas dedicadas: ¿me sacaron de RESICO?, ¿cuál es el límite? y ¿RESICO o actividad empresarial?

5. ¿Es cierto que el buzón tributario tiene prórroga?

Solo la multa. La sanción por no activarlo, y por no tener al día correo y celular, se recorrió a enero de 2027. Lo explicamos completo en ¿el buzón tributario tiene prórroga? Lo demás no se movió: si no lo activas o tus datos están mal, el SAT te notifica por estrados (un aviso en su oficina, del que te enteras cuando el plazo ya venció), y tener el buzón mal también es causa para restringir el sello. Actívalo esta semana.

Transitorios de la RMF 2026, sujetos a verificación contra el DOF.

6. ¿Qué cambió en lo laboral?

La jornada máxima baja de 48 a 40 horas por etapas: 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030. Reforma constitucional publicada el 3 de marzo de 2026 y su ley el 1 de mayo. Bajar horas no puede significar bajar sueldo. Trae un día de descanso por cada seis trabajados, máximo 12 horas extra por semana (4 al día, 4 días), lo que exceda se paga al triple, y nada de extras para menores de 18.

Detalle completo en ¿cuándo baja la jornada a 40 horas? Lo más caro es de 2027 pero se prepara ahora: desde el 1 de enero de 2027 es obligatorio registrar en sistema las horas de cada trabajador. No es comprar un checador; toca horarios, contratos, nómina, recibos e IMSS.

Y una urgencia retroactiva: si tienes el beneficio por contratar adultos mayores o personas con discapacidad, el CFDI de nómina debe llevar una leyenda exacta desde el 10 de julio de 2026.

7. ¿Qué cambió si importo?

La Ley Aduanera cambió desde enero y su reglamento en febrero. El agente aduanal ya no puede deslindarse de tus datos; el expediente de cada importación debe guardarse en digital; el control de inventarios debe estar en sistema; y hay multas que se calculan sobre el valor de la mercancía. Desde fines de 2025 hay aranceles nuevos, de 5% a 50%, en 1,463 fracciones de la TIGIE para países sin tratado.

La única fecha dura que queda en el año: 1 de octubre de 2026, arranca la Manifestación de Valor Electrónica. Ya se recorrió tres veces; al 2 de septiembre no hubo una cuarta.

8. ¿Cuánto cuesta deber al SAT en 2026?

Un 40% más. La tasa de prórroga pasó de 0.98% a 1.38% mensual (ver ¿cuánto cuesta deber al SAT?). Parcialidades hasta 12 meses, 1.42%; de 12 a 24, 1.63%; más de 24 y pago diferido, 1.97%. Los artículos se reacomodaron: quien cite los recargos con el número viejo está mal. La otra cara: en julio se abrieron más supuestos para reducir multas.

Además subió el IEPS a bebidas azucaradas, cigarros, vapeadores y apuestas (de 30% a 50%). Y defenderte se volvió más difícil: la suspensión del cobro en amparo ahora se decide caso por caso, y si ya perdiste, solo se frena con depósito o carta de banco.

Tasas conforme a la Ley de Ingresos 2026, verificar el artículo vigente antes de citarlo.

Calendario de septiembre a diciembre de 2026

FechaQué vence
17 sepImpuestos de agosto · IMSS · bimestre de INFONAVIT
30 sepDIOT de agosto · último día del esquema viejo de Manifestación de Valor
1 octEmpieza la Manifestación de Valor Electrónica, obligatoria
19 octImpuestos de septiembre (el 17 cae sábado)
17 novImpuestos de octubre · bimestre de INFONAVIT
18 dicAguinaldo: la ley dice antes del 20 y cae domingo
31 dicDIOT de noviembre · informativas 2025 · cierre del año

Y lo que arranca el 1 de enero de 2027: la multa por buzón no activado, la obligatoriedad del buzón para personas físicas de RESICO, y el registro electrónico de horas de los trabajadores. Las tres se preparan este año.

A tus fechas de pago se les pueden sumar días según el sexto dígito de tu RFC.

Este año las revisiones dejaron de ser al azar. Y defenderte salió más caro.

Lo único que sigue barato es adelantarse. Te decimos cuáles de estos frentes te aplican y qué hacer antes de diciembre.

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Información general al 2 de septiembre de 2026, no asesoría para tu caso. Artículos, plazos y cantidades se verifican en el DOF antes de usarlos.

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